Preguntas Frecuentes

Actualizado al 02.05.24

CONSIDERACIONES GENERALES

1) Sobre documentación solicitada por ACAU:

Certificado de Existencia, Vigencia y Representación (CEVR):

El Certificado de Existencia, Vigencia y Representación o CEVR, es un documento notarial que acredita la existencia de una sociedad comercial, su vigencia ante las autoridades competentes, la totalidad de sus representantes legales y su capacidad y modalidades de actuación.

Para la presentación de cualquier tipo de sociedad ante la ACAU es necesario presentar un CEVR vigente.

Poderes de representación:

Las postulaciones ante ACAU podrán realizarse directamente o a través de un representante, mediante la presentación de un poder notarial.

Un poder es un documento público autorizado por un escribano público, que permite a una persona o empresa designar a otra como su representante para que actúe en su nombre en determinados actos jurídicos.

Vigencia de los documentos:

A los efectos de la firma del convenio con ACAU, los documentos notariales que se presenten no podrán tener una antigüedad mayor a 60 días, contados a partir de la fecha de su expedición u otorgamiento hasta el momento de la presentación. En caso de documentos con mayor antigüedad, deberán ser actualizados por certificación notarial, para que cumplan con el requisito anterior.

Para el caso del CEVR, ACAU facilita a los postulantes un modelo de nota que podrá adjuntarse al mismo, extendiendo su vigencia de forma indefinida o hasta que se sucedan cambios en la estructura de representación de la sociedad en cuestión, los cuales deberán ser comunicados a ACAU. El/la escribano/a que elabore el CEVR deberá ligar esta nota al mismo, con la correspondiente certificación de firmas de los comparecientes. 

2. ¿Qué tipos de firmas acepta la ACAU?  

Para todos los documentos deban ser presentados a la ACAU (firma de contratos entre partes, etc), se aceptarán:

  1. Firma física: Se aceptarán los documentos (físicos y/o escaneados) que contengan firmas ológrafas (de puño y letra) con la firma de cada una de las partes involucradas y la inicialización en las hojas del documento.  
  2. Firma digital simple (art. 5 de la Ley N° 18.600): es aquella que se puede gestionar a través de plataformas de internet, que brindan el servicio de trazabilidad de la misma, lo que se traduce en un documento que acredita día, hora y persona/s que firmaron el documento, anexado al archivo original. 
  3. Firma digital avanzada: formas habilitadas por AGESIC. Tendrá idéntica validez y eficacia que la firma autógrafa consignada en documento público o en documento privado con firmas certificadas notarialmente.

La AGESIC a través de su Unidad de Certificación Electrónica (UCE) ha habilitado diferentes formas para poder firmar documentos electrónicamente de manera avanzada: Cédula de Identidad con chip, Token Correo Uruguayo, Token Abitab y Plan ID Digital Abitab, y TuID Antel.

Para la firma de contratos entre ACAU y el beneficiario, o para declaraciones juradas presentadas ante ACAU para el área de fondos o certificaciones que ésta administra, se aceptarán: 

  1. Firma física: Se aceptarán los documentos (físicos y/o escaneados) que contengan firmas ológrafas (de puño y letra) con la firma de cada una de las partes involucradas y la inicialización en las hojas del documento.  
  2. Firma digital avanzada: formas habilitadas por AGESIC. Tendrá idéntica validez y eficacia que la firma autógrafa consignada en documento público o en documento privado con firmas certificadas notarialmente.

La AGESIC a través de su Unidad de Certificación Electrónica (UCE) ha habilitado diferentes formas para poder firmar documentos electrónicamente de manera avanzada: Cédula de Identidad con chip, Token Correo Uruguayo, Token Abitab y Plan ID Digital Abitab, y TuID Antel.

 


FONDO DE FOMENTO - PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES EN COPRODUCCIÓN MINORITARIA URUGUAYA 2024

1. ¿Hay que cumplir con algún mínimo de financiamiento confirmado para postular a la convocatoria de Producción de largometrajes en coproducción minoritaria uruguaya del Fondo de Fomento?  

Las Bases no establecen un mínimo de financiamiento como requisito para postular. No obstante, es importante tener presente que uno de los criterios que guiará la evaluación del Jurado Externo se refiere a la viabilidad financiera del proyecto

2. ¿A qué monto puedo postular como coproductora minoritaria uruguaya al cupo con Brasil en el marco del protocolo ACAU - ANCINE? 

Las Bases establecen que se otorgarán hasta $4.000.000 (pesos uruguayos cuatro millones), en hasta dos premios. Podrán ser largometrajes de ficción o documental en los que Uruguay participe como socio coproductor minoritario con socios mayoritarios de Brasil. Las Bases también establecen que cada premio será como mínimo de $1.500.00 para largometrajes de ficción y de $ 1.200.000 para largometrajes documentales. 

Esto quiere decir que se plantean mínimos y que la definición del importe del premio es flexible y queda a criterio del Jurado Externo que evaluará los proyectos. 

El mínimo para largometrajes de ficción es de $1.500.000.

El mínimo para largometrajes documentales es de $1.200.000.

 


FONDO DE FOMENTO - PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS 2024

1.¿Puedo presentar un proyecto a la convocatoria del Fondo de Fomento Producción si recibí anteriormente el apoyo del PUA?

En ningún caso será elegible un proyecto que haya sido estrenado o apoyado por el fondo de fomento cinematográfico o Programa Uruguay Audiovisual en la línea de producción/postproducción.

2. Estoy completando el formulario para postularme a una categoría de la convocatoria de Producción de contenidos audiovisuales. Allí se requiere el número de registro ACAU. ¿A qué refiere? ¿Cómo se obtiene?

El Registro Público del Sector Cinematográfico y Audiovisual tiene como cometido - entre otros - inscribir a todas aquellas personas físicas y/o jurídicas que integran los diferentes sectores de la actividad cinematográfica y audiovisual, incluidas, entre otras, las empresas e instituciones de producción, distribución, exhibición, servicios y formación. 

El formulario solicita el número de registro ACAU de la persona postulante, y de la empresa, y, para obtenerlo, hay que registrarse en el siguiente enlace.  

3.¿Puedo postular a través de una cooperativa?

Podrán postular personas físicas con actividad empresarial (unipersonales) o personas jurídicas (S.A., S.R.L., S.A.S., cooperativas, etc.) de derecho privado radicadas en Uruguay que no sean titulares directa o indirectamente de servicios de comunicación audiovisual o configuren vinculación societaria con un titular de servicios de comunicación audiovisual. 

La postulación deberá ser realizada por el/la representante legal de la empresa. En caso que la postulación fuera realizada por una persona distinta al representante legal, ésta deberá presentar un poder notarial de representación de la empresa. 

Se tendrá en consideración a personas que manifiesten su intención por abrir su empresa al momento de la postulación. Estos casos se considerarán excepcionales y, de resultar beneficiarios, deberán presentar la documentación completa y al día, en un plazo no mayor a 30 días corridos luego de comunicada la resolución de apoyo, para poder convertirse en adjudicatarios.   

4. ¿Si no tengo una empresa, puedo postular mi proyecto?

 Las Bases habilitan a postular a una persona física que, en caso de resultar beneficiaria, deberá presentar la documentación completa y al día de una empresa a su nombre (unipersonal, srl, sas, otro), en un plazo no mayor a 30 días corridos luego de comunicada la resolución de apoyo, para poder convertirse en adjudicataria. 

Al momento de la postulación online, ¿hay que presentar sí o si los "Datos y documentación de la persona y empresa postulante"
El formulario de postulación requiere datos de la persona postulante y de la empresa postulante. No obstante, las Bases habilitan a postular a una persona física que, en caso de resultar beneficiaria, deberá presentar la documentación completa y al día de una empresa a su nombre (unipersonal, srl, sas, otro), en un plazo no mayor a 30 días corridos luego de comunicada la resolución de apoyo, para poder convertirse en adjudicataria. 

5. Voy a postular como persona física. ¿Es requerido que presente algún tipo de documento manifestando mi intención de abrir una empresa en caso de obtener el premio? 

Las Bases no requieren que se presente carta de intención al respecto.

6. Desarrollé un proyecto con un titular de una empresa unipersonal. ¿Puedo encargarme de la postulación? 

La postulación deberá ser realizada por el/la representante legal de la empresa. 

En caso que la postulación fuera realizada por una persona distinta al representante legal, ésta deberá presentar un poder notarial de representación de la empresa.  

7. ¿Qué se entiende como obra nacional?

La convocatoria está dirigida a contribuir con la producción de obras audiovisuales nacionales; para lo cual deberán contar con Certificado de Nacionalidad de Proyecto de Obra que corresponda a la Categoría.

El Certificado de Nacionalidad es expedido por ACAU según lo que indica la normativa vigente: 

Artículo 10 de la ley 18.284.
Acuerdos internacionales firmados, que establecen algunas condiciones complementarias a las establecidas en la Ley anterior. 

8. ¿Cómo se obtiene el Certificado de Nacionalidad?

Toda la información en la sección Certificaciones en la web.

9. ¿Cómo es el procedimiento para acreditar la nacionalidad de un proyecto audiovisual no tradicional?

Toda la información en la sección Certificaciones en la web.

10. Voy a postular un proyecto de varios co-autores. Uno de ellos es productor del proyecto con una unipersonal a su nombre. ¿Debería celebrarse un contrato de cesión de derechos de todos los co-autores -incluida la persona física que tiene la productora- a la productora?

 Los documentos para validar las cesiones necesarias para obtener el certificado de nacionalidad de la Obra, se realizan a través del área de certificados@acau.gub.uy.

En la sección Certificaciones en la web, se puede encontrar más información. 

 Si la productora es la empresa unipersonal de uno de los co-autores, técnicamente no es necesario hacer la cesión de la persona física que es responsable de la empresa que ostenta los derechos del proyecto siendo únicamente necesaria la cesión del otro co-autor a la productora. De todas formas, recomendamos dejar constancia por escrito, en un contrato de cesión, que todos los co-autores (incluida la persona a cargo de la empresa productora) cedieron sus derechos a la productora a cargo del proyecto.

11. ¿Puedo presentar a la convocatoria del Fondo de Fomento Producción la segunda temporada de una webserie cuya primera temporada fue beneficiaria de una convocatoria anterior del mismo Fondo?

Las Bases establecen: “En ningún caso será elegible un proyecto que haya sido estrenado o apoyado por el Fondo de fomento cinematográfico o Programa Uruguay Audiovisual en la línea de producción/postproducción.”

La segunda temporada de una serie o webserie, no será considerada el mismo proyecto, por lo que podrá postular en esta convocatoria, en la línea que corresponda.

12. Para la categoría ¨Piloto de serie ficción o documental¨, ¿es posible utilizar los fondos para producir la totalidad de la serie y no únicamente el piloto? Si es así ¿es necesario presentar el guión de la serie completa?

Las Bases establecen que serán elegibles las series nacionales mayoritarias de ficción o documental, dirigidas por personas uruguayas o extranjeras con al menos 5 años de residencia actual en Uruguay, producidas en forma independiente, que proyecten la realización de una serie de, al menos, 5 capítulos de una duración mínima de 20 minutos cada uno. El premio otorgado, se dirigirá a la financiación de al menos un capítulo o piloto.

De este modo, las Bases establecen mínimos por lo que no limita utilizar el premio otorgado al piloto o al menos un capítulo.

Esto habilita a utilizar los fondos para producir la totalidad de la serie. En ese caso, es requerido el guión de todos los capítulos de la serie.

13. Para postular en la categoría piloto de series, en relación a los siguientes documentos que se requieren en la postulación -guion o tratamiento, dossier, presupuesto global de la obra, plan financiero y  pruebas de financiamiento-:   ¿deben ser de la serie completa o del piloto?

Las Bases definen que “serán elegibles las series nacionales mayoritarias de ficción o documental, dirigidas por personas uruguayas o extranjeras con al menos 5 años de residencia actual en Uruguay, producidas en forma independiente, que proyecten la realización de una serie de, al menos, 5 capítulos de una duración mínima de 20 minutos cada uno. El premio otorgado, se dirigirá a la financiación de al menos un capítulo o piloto.”

En la postulación se requerirá la presentación de.

  • Guion (ficción) o tratamiento (documental):
    Guion (en el caso de ficción) o tratamiento (en el caso de documental) del capítulo piloto o de los capítulos a producir con el premio, según el plan que se postula.
    Biblia de la serie completa.
  • Dossier: 
    Refiere al de la serie completa; en el mismo se incluirán los detalles relativos al capítulo piloto o de los capítulos a realizar con el premio, según el caso.
  • Presupuesto global de la obra: 
    Refiere al presupuesto global de la serie.
    Se solicitará adicionalmente, el presupuesto del capítulo piloto o de los capítulos a producir. 
  • Plan financiero: 
    Refiere al plan financiero global de la serie. 
  • Pruebas de financiamiento:
    Refiere a las pruebas de la totalidad de financiamiento confirmado.

 

14. Voy a postular un piloto de serie documental y es requisito presentar la Biblia de la serie completa. ¿A qué se refiere concretamente? 

“La biblia de una serie es ese documento previo a la escritura de los capítulos en el que se incluye toda la información necesaria para el desarrollo de los mismos. En la biblia se describe desde lo que ocurrirá en los episodios hasta, por ejemplo, la descripción de personajes y localizaciones”. En general la biblia incluye elementos como el storyline, argumentos, personajes, locaciones, arcos dramáticos, estructura, estética, etc.

 

15. ¿Los proyectos de transmedia son elegibles en la categoría Formatos no tradicionales / Nuevos formatos? 

Los proyectos de transmedia no necesariamente son elegibles per se, ya que pueden incluir la creación de contenidos en muy diversos formatos. 

 Serán elegibles proyectos transmedia que incluyan en su universo narrativo la creación de producciones audiovisuales en formatos que no estén incluidos en las categorías anteriores (largometrajes, cortometrajes, series de al menos 5 capítulos de al menos 20 minutos cada uno). 

16. ¿Una serie de ficción para YouTube con capítulos de menos de 20 minutos de duración, entra en la categoría ¨Formatos no tradicionales/nuevos formatos¨?

Una serie de ficción para YouTube con capítulos de menos de 20 minutos de duración es considerada en la categoría Formatos no tradicionales / nuevos formatos, como serie web.

17. Voy a postular un proyecto en la categoría Formatos no tradicionales / nuevos formatos. ¿Debe ser dirigido por una persona uruguaya?

Las Bases no prevén la nacionalidad de la dirección de las obras en la categoría formatos no tradicionales / nuevos formatos.

18. Quiero postularme en la categoría largometraje mayoritario nacional documental. El documental está dirigido por una directora mujer pero la autoría (la escritura del tratamiento) fue realizada por una dupla mixta (mujer + hombre). ¿Esto tendría alguna implicancia para el cupo previsto para el premio que será otorgado a una directora mujer?

 En la categoría largometraje mayoritario nacional documental se prevé que al menos un premio sea otorgado a una directora mujer. El cupo se refiere específicamente al rol de Dirección.

19. ¿Hay que cumplir con algún mínimo de financiamiento confirmado para postular a la convocatoria de Producción de Contenidos Audiovisuales del Fondo de Fomento? 

Las Bases no establecen un mínimo de financiamiento como requisito para postular.

No obstante, es importante tener presente que uno de los criterios que guiará la evaluación del Jurado Externo refiere a la viabilidad financiera del proyecto.

20. ¿Es necesario presentar el plan financiero de la obra si, en caso de obtener el premio, este resultaría suficiente y fuera la única fuente de financiamiento necesaria?

El plan financiero es un documento obligatorio. Deberá presentarse según el formato adjunto a las Bases, en moneda nacional, incluyendo las fuentes de financiamiento y su grado de confirmación.

21. ¿Cuál es la prueba de financiamiento para un proyecto que cuenta con un aporte  financiero en capital de la casa productora?

Para el caso de aportes propios de la empresa postulante en capital, se considerará prueba de financiamiento una declaración jurada que especifique el aporte realizado. Deberá indicar la moneda y el valor del aporte, y el destino del mismo haciendo referencia a los gastos que se mencionan en el formato adjunto a las Bases del “Presupuesto global de la obra”.

22. Voy a postular un proyecto de varios co-autores. Uno de ellos es productor del proyecto con una unipersonal a su nombre. Uno de los co autores podría ceder parte de sus honorarios al proyecto. ¿Es esto válido como aporte al financiamiento de la obra? Debe ser un aporte como parte de una coproducción?

La cesión de los honorarios del autor o co-autora al proyecto, es válida como aporte a la financiación de una obra, lo que debe ser reflejado en un contrato.

23. Cuento con una casa productora radicada en el interior del país. Voy a postular un proyecto cuyo rodaje es en Montevideo. ¿Puedo aspirar a obtener el siguiente cupo previsto en Bases: “Al menos un premio será otorgado a un proyecto postulado por una casa productora radicada en el interior del país”?

Las Bases establecen que “al menos un premio será otorgado a un proyecto postulado por una casa productora radicada en el interior del país”. Esto es independiente del lugar donde se desarrolle el rodaje.

Vale aclarar que este cupo está previsto exclusivamente para la categoría cortometraje mayoritario nacional de ficción.

24. ¿Puedo postular un cortometraje documental? 

Las Bases prevén la postulación de cortometrajes de ficción, no de documental.

25. Para postular en la categoría piloto de series ¿Debo utilizar el mismo formato de presupuesto que se adjunta a las Bases que está disponible en la web?

El modelo que figura en la web: “presupuesto fomento producción 2024” debe utilizarse para presentar el presupuesto global de la serie y el presupuesto del capítulo piloto (o de los capítulos a producir). En el sistema de postulaciones deben adjuntarse ambos archivos, en formato Excel / planilla electrónica. Para ello se recomienda guardarlos con diferentes nombres, p.e. presupuesto fomento producción 2024 - serie y presupuesto fomento producción 2024 - piloto.

Voy a presentar un proyecto que es una coproducción. ¿Debo subir algún documento adicional al modelo de presupuesto provisto por ACAU? 

Para coproducciones, además de la planilla de presupuesto global de la obra y el plan financiero, en el formato provisto por el Fondo, podrá incluirse en 'Otros documentos' el presupuesto global de la obra en este u otro formato, en el que conste la aportación de cada socio en el proyecto. También puede indicarse en el plan financiero a qué socio coproductor corresponde el aporte, como complemento.

26. ¿Cómo podemos separar los gastos que pertenecen a nuestro coproductor y que no serán hechos aquí? Muchas veces son rubros compartidos.

Para coproducciones, además de la planilla de presupuesto global de la obra y el Plan financiero, en el formato provisto por el Fondo, podrá incluirse en “Otros documentos” el presupuesto global de la obra en este u otro formato, en el que conste la aportación de cada socio en el proyecto. También puede indicarse en el Plan financiero, a que socio coproductor corresponde el aporte, como complemento. 

27. Hacer modificaciones a fachadas (pintura, reparaciones) en una locación exterior ¿son considerados gastos no elegibles para la rendición?  

Serán elegibles gastos asociados a la producción y post producción del proyecto, según lo establecido en Bases. No serán considerados gastos elegibles obras civiles o de construcción cuyo uso no se agote en la ejecución del proyecto.

28. ¿El presupuesto global de la obra debe contemplar el IVA?

El presupuesto global de la obra deberá reflejar la totalidad de los desembolsos para la ejecución de la totalidad del proyecto.

29. ¿En que item del presupuesto global de la obra deben colocarse los ajustes salariales de crew, elenco y las cargas sociales y SUA del 11,12%?

Los montos a cargar en el presupuesto global de la obra, deben reflejar los montos totales a pagar en cada subrubro. 

Entonces, en la hoja 4_Crew se debe incluir el monto de cada subrubro, lo que corresponda a honorarios y aportes, sumados, así como los impuestos que puedan corresponder.

30. Los rubros de preproducción como transporte, alquiler de depósito y oficina, diaria de producción, no tienen sus líneas específicas en el presupuesto global de la obra: ¿debemos integrarlos al item 009-05 otros?

Los rubros que no se encuentren detallados en la planilla de presupuesto, podrán ser incluidos en “Otros, varios” en la etapa que corresponda, especificando en la columna  “Descripción” el concepto al que se refiere el gasto.

31. ¿En qué ítem del presupuesto global de la obra debemos poner los gastos de gerenciamiento y taxes de nuestro coproductor?
Se entiende que los gastos de gerenciamiento podrían asimilarse a Producción ejecutiva.

En este escenario, podrá considerarse en el subrubro 003-02 Co Productor Ejecutivo, en la hoja 1_GSL del modelo. Los impuestos deben considerarse en el monto.

32. ¿En qué ítem del presupuesto global de la obra se incluye el fee de la productora uruguaya?
El fee de la productora uruguaya es considerado una ganancia, por lo que no debe incluirse en el presupuesto donde se reflejan los gastos totales de la obra.

Si el fee se refiere al honorario del productor o productores ejecutivos, se podrá reflejar en los subrubros previstos a tales efectos.

33. ¿En qué ítem del presupuesto global de la obra incluímos el porcentaje de imprevistos?

Los imprevistos podrán reflejarse en el subrubro "Otros, varios" en la etapa que corresponda, especificando en la columna  “Descripción” el concepto al que se refiere el gasto.

34. ¿En qué item de la planilla de presupuesto global de la obra previsto por el Fondo incluímos los gastos asociados a rubros o subrubros que no están incluidos en el modelo?

Los gastos asociados a rubros o subrubros que no están incluidos en el modelo podrán reflejarse en el subrubro "Otros, varios" en la etapa que corresponda, especificando en la columna  “Descripción” el concepto al que se refiere el gasto.

35. ¿En qué ítem del presupuesto global de la obra incluímos el porcentaje de imprevistos?

Los imprevistos podrán reflejarse en el subrubro "Otros, varios" en la etapa que corresponda, especificando en la columna  “Descripción” el concepto al que se refiere el gasto.

36. ¿En qué item de la planilla de presupuesto global de la obra previsto por el Fondo incluímos los gastos asociados a rubros o subrubros que no están incluidos en el modelo?

Los gastos asociados a rubros o subrubros que no están incluidos en el modelo podrán reflejarse en el subrubro "Otros, varios" en la etapa que corresponda, especificando en la columna  “Descripción” el concepto al que se refiere el gasto.

 

PROCEDIMIENTO PARA EL CAMBIO DE BENEFICIARIO

PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE PRÓRROGAS